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¿Detenido o citado por un tema de drogas? Lo que digas mañana pesa años.

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Antes de declarar, llama. Cogemos el teléfono de día y de noche.

Un asunto de drogas se decide en gran parte por cómo se actuó al principio y por la validez de las pruebas. Antes de declarar nada, lee esto. Y antes de que acabe el día, llámanos.

La defensa en delitos contra la salud pública es, sobre todo, un examen técnico de cómo se obtuvo cada prueba: registros, escuchas, seguimientos, cadena de custodia. Un fallo en cualquier eslabón puede tumbar la prueba — y con ella, la acusación.

Tres reglas antes de hacer nada

  1. No declares sin abogado. Ni en comisaría ni en el juzgado. Guardar silencio nunca te perjudica.
  2. No firmes nada que no entiendas. Ni consentimientos de registro ni actas sin explicar.
  3. No hables del asunto por teléfono ni por WhatsApp. Las comunicaciones pueden estar intervenidas.

La validez de las pruebas

Registros domiciliarios y de vehículos, intervenciones telefónicas, cadena de custodia de la sustancia y análisis de laboratorio. El domicilio es inviolable: hace falta autorización judicial, consentimiento válido o flagrante delito. Si el registro fue irregular, la prueba puede ser nula, y la nulidad arrastra a lo que derive de ella.

Benito Sánchez, padre e hijo, abogados

El destino de la sustancia

No toda tenencia es tráfico. El autoconsumo no es delito, y la cantidad, la forma de distribución y las circunstancias marcan la frontera. Acreditar el consumo propio es una línea de defensa habitual y eficaz. En operaciones con varios acusados, individualizar tu participación real es esencial: cada uno responde de lo suyo.

Qué te juegas (art. 368 CP)
1 a 3 años
Sustancias que no causan grave daño a la salud (hachís, marihuana), más multa.
3 a 6 años
Sustancias que causan grave daño (cocaína, heroína, MDMA...), más multa.
Agravados
Notoria importancia, organización o venta a menores elevan las penas (art. 369 y ss.). Existe también el tipo atenuado del 368.2.

Cada caso tiene matices: esta información es general y no sustituye el análisis del tuyo.

¿Tenencia o tráfico? La frontera que decide años

Que te encuentren droga encima no es tráfico. La tenencia para consumo propio no es delito — es sanción administrativa —, pero la Guardia Civil y el fiscal empujarán hacia el tráfico con tres palancas: la cantidad, cómo iba repartida y qué llevabas contigo (báscula, dinero fraccionado, mensajes). Un abogado de tenencia de drogas pelea exactamente esa frontera desde la primera declaración, y esa frontera son años de diferencia.

Preguntas frecuentes
Me pararon con marihuana encima, ¿es delito?

Depende de cantidad y circunstancias. El consumo propio no es delito (sí puede ser sanción administrativa en vía pública). El problema son los indicios de destino al tráfico: básculas, dosis preparadas, dinero fraccionado. Ahí se pelea el caso.

¿El cultivo de cannabis es delito?

Para consumo propio, en principio no. Destinado a terceros, sí. Instalaciones, plantas y producción estimada son lo que la acusación usa — y lo que la defensa discute.

¿Cuánto cuesta la defensa?

Depende de fase y complejidad. Valoración clara y presupuesto cerrado antes de empezar.

¿Prefieres contarlo por escrito?

Benito Sánchez Abogados
Torrevieja — Calpe
35 años · +3.500 casos
consultas@benitosanchezabogados.com
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